lunes, 15 de noviembre de 2010

Admitida a trámite denuncia, por contaminación acústica, contra el Ayuntamiento de Plasencia

Se admite a trámite denuncia que interpuse, por un presunto delito de contaminación acústica, contra el Ayuntamiento de Plasencia; por parte de la Fiscal Jefe Provincial, Marta Abellán.

En el día de hoy he recibido carta certificada de la Fiscalía Provincial de Cáceres. Procedimiento 000062/2010. NIG: 1003774220100025821. Mediante la que me comunica lo siguiente:

Pongo en su conocimiento que en el día de la fecha se ha dictado resolución (se adjunta copia) por la que se admite a trámite su denuncia por un presunto delito de contaminación acústica (contra el medio natural).

El siguiente es el texto del decreto de incoación de la Ilma. Sra. Fiscal Jefe Provincial Doña Marta Abellán-García Macho.-

Dada cuenta; con la anterior documentación, por cabeza, procédase a incoar Diligencias Investigación Penal conforme a lo previsto en el artículo 773 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el segundo inciso del artículo 5 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la cual se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal; las cuales han quedado registradas con el núm. 62/2010.

De la documentación remitida por la unidad de apoyo a la Fiscalía General del Estado se desprende que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delito contaminación acústica (contra el medio ambiente) procede interesar del Ayuntamiento de Plasencia la remisión de:
1.- Informe de los datos personales de los vecinos que tengan sus viviendas próximas a la Plaza Mayor de Plasencia y que puedan estar afectados por el ruido excesivo procedente de bares, cafeterías, disco-bar, puts, etc.
2.- Informe de las denuncias o quejas presentadas tanto en la Policía Local como en el Ayuntamiento (Concejalía de Interior). En dicho informe se indicará la fecha cuando comenzaron dichas denuncias o quejas.
3.- Informe de los horarios de apertura y cierre de referidos locales.
4.- Copia autentificada, por el fedatario municipal, del estudio realizado por el COITT, en 2006, sobre exceso de ruido en referida zona.
5.- Copia autentificada, por el/a Secretario/a, de la demanda presentada contra el Ayuntamiento por falta de medios y seguida en vía Contencioso Administrativa.
6.-Copia autentificada, por el fedatario municipal, del expediente o expedientes sancionadores incoados contra referidos locales y en su caso si algunos de ellos fue precintado.
Para la efectividad de lo acordado líbrese el oportuno oficio, mediante correo certificado con aviso de recibo.

En lo relativo al segundo correo electrónico, que trae causa, por el que se denuncia el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de la legislación laboral en materia de prevención y contratos de trabajo en los centros de trabajo dependientes de dicho Ayuntamiento y que dieron lugar a un Acto de Infracción de la Inspección, se acuerda el ARCHIVO de las actuacioens al no apreciarse que los hechos denunciados revistan carácter de delito; por lo que procede comunicar el archivo a Don Francisco Javier Caso Iglesias a fin de si, le conviniera, reitere su denuncia ante el Juzgado de Instrucción correspondiente.

Por todo lo anterior se acuerda librar el correspondiente despacho al Excmo. Sr. Fiscal de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, Don Francisco Moreno Carrasco, por el cual se le haga saber el contenido de esta resolución para su unión y constancia en el expediente CC-my-791/10.

En CÁCERES, a venticinco de octubre de dos mil diez.

LA FISCAL-JEFE
Fdo: MARTA ABELLÁN-GARCÍA MACHO

DILIGENCIA.- Para hacer constar que seguidamente se cumple lo ordenado. Certifico.



-o-o- Espacio destinado a la difusión de mensajes de utilidad social -o-o-

Iniciativa Socialista de Extremadura

Iniciativa Socialista de Extremadura está federada a 
INICIATIVA SOCIALISTA DE IZQUIERDAS
SECRETARIO GENERAL ANTONIO CRIADO BARBERO
954979107 - 955145935 - 670636204
(Preguntar por ANTONIO CRIADO)

No hay comentarios:

Publicar un comentario